Proceso de Certificación
En esta sección se describen paso a paso las actividades que se deben seguir para obtener la certificación en la Modalidad I “Mediante la verificación con pruebas periódicas”, la cual es la más común.
Si es la primera vez que solicita a NYCE el servicio de certificación o una Carta de liberación de productos para Aduana, es necesario que previo a lo anterior ingrese la documentación legal, de la cual NYCE proporciona los siguientes documentos para ser llenados y firmados por el Representante Legal de la empresa que solicita el servicio:
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Formato de la Comunidad Tecnológica de NYCE, A.C.
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Reglamento de Uso de las Contraseñas y su
Anexo
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Contrato de Prestación de Servicios de Certificación y Dictaminación
Con estos documentos, más los que se indican en el listado de documentación legal, NYCE procede a dar de alta a la empresa en su base de datos y de esta manera el solicitante puede realizar los trámites que requiera.
El proceso para certificar llantas es el siguiente:
Dependiendo del tipo de producto, se debe seleccionar cierta cantidad de éstos con las mismas medidas y características y enviarlos al laboratorio para la realización de pruebas. Estas pruebas efectuadas son la base para otorgar el certificado, ya que así se verifica que su producto cumple con la NOM aplicable.
NOTA: Si los productos que desea certificar se encuentran en la Aduana, es necesario que solicite a NYCE una Carta de liberación de productos para Aduana con el fin de que éstos puedan ser enviados al laboratorio. Dependiendo del tipo de producto, usted puede utilizar alguno de los siguientes formatos:
- Carta liberación para aduana de cámaras neumáticas
- Carta de liberación para aduana de llantas
- Carta de liberación para aduana de válvulas
- Para cámaras neumáticas, la muestra es de 4 cámaras;
- Para llantas de automóvil, la muestra es de 3 llantas;
- Para llantas de camión y camioneta la muestra es de 2 llantas, si el diámetro del rin es de 15 pulgadas o mayor. En caso de ser de 14.5 pulgadas o menor, la muestra es de 3 llantas;
- Para válvulas, la muestra es de 7 válvulas.
Se selecciona de la Lista de laboratorios de prueba, un laboratorio para enviar los productos a prueba y una vez que el laboratorio entrega el informe de resultados, usted puede iniciar el proceso de certificación, para lo cual se procede a reunir la documentación establecida en los Requisitos generales para certificación.
Una vez que toda la documentación está lista, ésta se ingresa a NYCE para la obtención del Certificado y se efectúa el pago conforme a la lista de precios vigente, y en caso de no haber aclaraciones con el laboratorio o de documentación, el cerificado se emite a más tardar en 5 días hábiles posteriores a la recepción de la documentación por parte de NYCE.
El Certificado de Conformidad tiene vigencia de un año bajo la modalidad de verificación mediante pruebas periódicas y, por lo tanto, está sujeto a una visita de seguimiento entre el sexto y noveno mes de emisión del documento, con la finalidad de verificar que el producto siga cumpliendo con la norma con la cual se certificó. En esta visita, un representante designado de NYCE toma una muestra del producto y usted la envía a pruebas de laboratorio.
Al término de la vigencia del certificado, podrá solicitar un nuevo certificado y se tomará como base el Informe de pruebas derivado de la visita de seguimiento.
Si tiene alguna duda o requiere asistencia personalizada, por favor contáctenos:
Tel. 5395-0777 ext. 229
e-mail: cmendoza@nyce.org.mx
A continuación le presentamos un diagrama a bloques sobre el proceso de certificación.

Otros tipos de certificación
Además de la certificación mediante verificación de pruebas periódicas al producto (Modalidad I), la más común, las Políticas y Procedimientos para la Evaluación de la Conformidad* contemplan otros tipos de certificación, a través de los cuales pueden evaluarse los productos sujetos al cumplimiento con Normas Oficiales Mexicanas:
* Si desea, puede acudir a las instalaciones de NYCE por un ejemplar gratuito.
Modalidad II: Certificación con verificación mediante sistema de calidad de la línea de producción
• El fabricante debe contar con un certificado vigente del Sistema de Calidad de la línea de producción, mismo que deberá ser otorgado por un Organismo de Certificación de Sistemas acreditado conforme a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
• El fabricante debe presentar, en original o copia certificada, el Informe de Certificación de Sistemas respecto al procedimiento de Verificación que cumpla con lo indicado en el Anexo 11 de las Políticas y Procedimientos para la Evaluación de la Conformidad.
• Tratándose de empresas con más de dos plantas de producción, presentar, por lo menos, el certificado del sistema de aseguramiento de calidad de una planta y, respecto de la(s) otra(s), el plan de certificación que deberá cumplirse en un plazo no mayor de dos años.
• Presentar los documentos establecidos en los Requisitos generales para certificación
• La vigencia del Certificado bajo esta modalidad es de 3 años, tiempo en el que deberá sujetarse a las visitas de seguimiento: en los dos primeros años, las visitas (anuales) se efectúan para verificar la vigencia del certificado de calidad; en el último año, en la visita se realiza lo anterior y adicionalmente, se toma el informe de resultados de alguno de los productos que forman la familia del Certificado motivo de la visita.
• Al término de la vigencia del Certificado, podrá solicitar un nuevo Certificado tomando como base el informe de pruebas derivado de la visita de seguimiento.
Modalidad III: Certificación por Dictamen de producto para fabricante nacional o extranjero
El certificado NOM bajo esta modalidad puede ser expedido para los productos que vayan a ser distribuidos, comercializados o importados en territorio nacional por más de un distribuidor, comerciante o importador, pero que sean producidos por un mismo fabricante nacional o extranjero.
• Para obtener la
Certificación por Dictamen de producto, el distribuidor, comercializador o importador deberá presentar los siguientes documentos:
- Formato de Solicitud de dictamen de producto para fabricante nacional o extranjero (disponible en el área).
- Copia del Certificado vigente del sistema de aseguramiento de la calidad de la línea de producción emitido por un organismo de certificación para Sistemas.
- Tratándose de empresas con más de dos plantas de producción, deberá presentar, por lo menos, el Certificado del sistema de aseguramiento de la calidad de una planta y, respecto de las otras, el plan de certificación que deberá cumplirse en un plazo no mayor de dos años.
- Original del Informe de pruebas del producto que se va a certificar, previamente seleccionado al azar por el fabricante, del almacén de producto terminado.
- Manifiesto del fabricante, bajo protesta de decir verdad, en el que se declare que las muestras seleccionadas para el dictamen de pruebas son representativas de la línea de producción.
- Documentación técnica del producto.
- Documentación legal, en su caso.
• Para obtener la Certificación por Dictamen de producto, el distribuidor, comercializador o importador deberá presentar los siguientes documentos:
- Formato de Solicitud general de servicios de certificación
- Original de la carta expedida por el fabricante nacional o extranjero, que cuente con el citado dictamen, de conformidad con el Anexo 6 de las as Políticas y Procedimientos para la Evaluación de la Conformidad.
- Original o copia certificada del informe de certificación de sistemas respecto al procedimiento de verificación, el cual deberá tener un máximo de 90 días naturales de emitido en la fecha en que el interesado presente la solicitud de certificación, conforme al Anexo 11 de las Políticas y Procedimientos para la Evaluación de la Conformidad.
- Los certificados NOM expedidos bajo esta modalidad sólo serán válidos para los productos de las plantas que tengan sistema de aseguramiento de la calidad certificado o en proceso. Asimismo, este certificado sólo amparará a los productos de las plantas que cuenten con el sistema de aseguramiento de la calidad certificado.
- La vigencia de la certificación por dictamen de producto será la misma fecha en que venza el Dictamen de producto, dentro de la cual deberá sujetarse a la verificación mediante las visitas de seguimiento.
- Si se cumplió con la visita de seguimiento y al término de la vigencia del Certificado usted desea un nuevo certificado con base en el Informe de resultados derivado de la visita de seguimiento, será necesario solicitar al fabricante (titular del Dictamen de producto) la renovación del mismo, siempre y cuando su Certificado del Sistema de Calidad esté vigente.
Certificación por lote, aplicable a la Modalidad VII: Certificación de artículos usados o de segunda mano o discontinuados
En esta modalidad la certificación se hará por lote mediante un muestreo previo que se aplicará conforme a lo establecido en la norma mexicana NMX-Z-12, partes 1, 2 ó 3, según corresponda.
• Muestreo previo
- El solicitante presenta una carta en hoja membretada de la empresa, firmada por el Representante Legal, solicitando el muestreo previo, junto con el listado de los códigos DOT o número de serie de todas las unidades que conforman el lote. Este listado puede entregarse en formato electrónico o impreso.
- Se establece una fecha para la visita al lugar donde se encuentra el lote, en la cual se verificará que dicho lote cumple con los requisitos de agrupamiento en familia(s) y que corresponde a los números de serie o DOT que proporcionó el solicitante. Simultáneo a lo anterior se aplica el muestreo previo.
- Una vez realizado el muestreo, el solicitante envía las muestras al laboratorio de pruebas.
- Los costos de transportación y estancia en el lugar de muestreo corren por cuenta del solicitante.
• Una vez que el solicitante recibe los Informes de prueba derivados del muestreo previo, éstos se ingresan junto con el
Formato de Solicitud general de servicios y los documentos establecidos en los
Requisitos generales para certificación
• Una vez que se analicen todos los Informes de prueba, se determina si el lote se aprueba o se rechaza. Lo anterior depende del Índice de confianza que se haya determinado de acuerdo a la NMX-Z-12.
• Los productos certificados bajo esta modalidad deberán cumplir con lo indicado en la NOM-017-SCFI-1993, Información comercial – Etiquetado de artículos reconstruidos, usados o de segunda mano, de segunda línea, discontinuados y fuera de especificaciones.
• El certificado que en su caso se expida, indicará la marca, modelo, números de serie u otros datos de identificación individual de los productos que integran el lote certificado.
• El certificado por lote sólo ampara la cantidad de productos especificados en el lote; por lo que su vigencia será hasta que se comercialice, importe o exporte la totalidad de esos productos.
• El certificado bajo esta modalidad no está sujeto a visitas de seguimiento.
Si usted está interesado en obtener su certificación bajo alguna de estas modalidades o desea asistencia personalizada, le rogamos contactar al área:
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