Bienvenido a esta sección.
Con el fin de facilitar la convergencia tecnológica y que los particulares cumplan con lo establecido en los ordenamientos legales aplicables , NYCE cuenta con la acreditación otorgada por la Entidad Mexicana de Acreditación (EMA) y con la aprobación otorgada por la Comisión Federal de Telecomunicaciones (COFETEL) para operar como Organismo de Certificación de Producto de Telecomunicaciones.
Las normas de telecomunicaciones que certificamos fueron elaboradas por la COFETEL, órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) y por lo tanto, están sujetas a los Procedimientos de Evaluación de la Conformidad de producto de telecomunicaciones (PEC) expedidos por la COFETEL.
Si usted es fabricante, importador, comercializador o arrendador de productos de telecomunicaciones, en NYCE puede obtener el Certificado de conformidad –con propósitos de homologación- de las siguientes Normas Oficiales Mexicanas (NOM):
- NOM-084-SCT1-2002, “Especificaciones técnicas de los equipos transmisores destinados al servicio móvil de radiocomunicación especializada de flotillas”
- NOM-088/1-SCT1-2002, “Equipos de microondas para sistemas del servicio fijo multicanal punto a punto y punto a multipunto – Parte I: Radio Acceso Múltiple”
- NOM-088/2-SCT1-2002, “Equipos de microondas para sistemas del servicio fijo multicanal punto a punto y punto a multipunto – Parte II: Transporte”
- NOM-151-SCT1-1999, “Interfaz a redes públicas de telecomunicaciones”
- NOM-152-SCT1-1999, “Interfaz digital a redes públicas (Interfaz digital a 2048 kbits/s)”
¿Es lo mismo Certificación que Homologación?
No. La certificación es el procedimiento de evaluación de la conformidad por el que se asegura que un producto cumple con las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) que le aplican (comprende, entre otras cosas, pruebas de laboratorio).
La homologación es el acto por el cual la COFETEL reconoce oficialmente que las especificaciones de un producto destinado a telecomunicaciones satisfacen las normas y requisitos establecidos y por lo tanto, puede ser conectado a una red pública de telecomunicaciones o hacer uso del espectro radioeléctrico.
¿Cómo se obtiene la Homologación a partir de un Certificado?
En NYCE se obtiene el Certificado de Conformidad. En COFETEL se obtiene la Homologación. Para obtener la Homologación Definitiva de un producto de telecomunicaciones que tenga sólo que cumplir con la(s) NOM(s) que le apliquen, es necesario presentar ante la COFETEL, entre otros documentos, el Certificado de Conformidad expedido por NYCE.
Si tiene alguna duda o requiere de asistencia personalizada, por favor contáctenos:
Tel. 5395-0777 exts. 228, 261 ó 264 e-mails: cvega@nyce.org.mx; lsotelo@nyce.org.mx; davila@nyce.org.mx
PROCESO DE CERTIFICACIÓN
En esta sección se describen paso a paso las actividades que deben seguirse para obtener la certificación en la Modalidad “Certificación de producto con pruebas de tipo más seguimiento”, la más común, que se encuentra incluida en los Procedimientos de Evaluación de la Conformidad de telecomunicaciones (PEC).
Si es la primera vez que solicita a NYCE algún servicio de telecomunicaciones, es necesario que previo a lo anterior ingrese la documentación legal, de la cual NYCE proporciona los siguientes documentos para ser llenados y firmados por el Representante del solicitante del servicio:
- Formato de la Comunidad Tecnológica de NYCE, A.C.
- Reglamento de Uso de las Contraseñas y su Anexo
- Contrato de Prestación de Servicios de Certificación y Dictaminación
Con estos documentos, más los que se indican en el listado de la documentación legal, NYCE procede a dar de alta a la empresa en su base de datos y de esta manera puede solicitarse los servicios que se requieran.
El proceso para certificar equipo de telecomunicaciones es el siguiente:
- Usted puede acudir a NYCE con el personal del Área de Telecomunicaciones, quien le proporcionará la información conforme al servicio solicitado o bien, puede acceder directamente a la Carpeta informativa del área en nuestro sitio web.
- Selecciona de la Lista de laboratorios de pruebas, un laboratorio para enviar sus productos que desea certificar. Estas pruebas efectuadas son la base para otorgar el certificado, ya que así se comprueba que el producto cumple con la(s) NOM(s) aplicable(s).
- Una vez que el laboratorio entrega el informe de resultados, usted puede iniciar el proceso de certificación con nosotros, para lo cual se procede a reunir la documentación particular del producto establecida en los Requisitos para certificación de productos con prueba de tipo más seguimiento.
- Reuniendo los documentos anteriores usted puede realizar el ingreso de éstos, ya sea en las instalaciones de NYCE o bien, a través de nuestra ventanilla virtual (e-nyce), previo pago conforme a la lista de precios vigente.
NOTA
La Modalidad
“Certificación de producto con pruebas de tipo más seguimiento” aplica únicamente a productos de telecomunicaciones nuevos.
Es importante considerar que:
- Los PEC establecen que el organismo de certificación debe emitir el Certificado en un tiempo no mayor a 12 días hábiles en caso de no haber aclaraciones con el laboratorio o de la documentación. Sin embargo y en apoyo a nuestros clientes, en NYCE emitimos el certificado a más tardar en 5 días hábiles posteriores a la recepción de la documentación, en circunstancias similares.
- En caso de que se encuentren aclaraciones (desviaciones) en la información, se elabora una notificación al usuario y/o al laboratorio. Es muy importante que ésta sea respondida en un plazo no mayor a 5 días hábiles a partir del día siguiente a la fecha en que fue emitida. De lo contrario, se tendrá que emitir una negación de la certificación.
- El Certificado emitido bajo la Modalidad “Certificación de producto con pruebas de tipo más seguimiento” tiene una vigencia “Definitiva”; es decir, ésta última no se revoca mientras la empresa titular cumpla con la visita de seguimiento, cuya finalidad es verificar que el producto sigue cumpliendo con la norma bajo la cual se certificó. En esta visita, un representante designado de NYCE toma una muestra del producto y usted la envía a pruebas de laboratorio.
- Después de realizada la visita de seguimiento y una vez que ya cuenta con el Informe de pruebas derivado de esa visita, usted ingresa dicho informe con el personal del área de telecomunicaciones, especificando a qué número de certificado corresponde.
- Después del análisis del informe de pruebas, el personal del área determina si el producto sigue cumpliendo con la norma aplicable. Si este es el caso, NYCE emite una “Notificación de vigencia”, la cual ratifica que el certificado sigue siendo vigente.
NOTA
La Notificación de vigencia no corresponde a, ni es, una recertificación ya que los PEC de la COFETEL no la contemplan.
¿Es lo mismo Certificación que Homologación?
No. La certificación es el procedimiento de evaluación de la conformidad por el que se asegura que un producto cumple con las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) que le aplican (comprende, entre otras cosas, pruebas de laboratorio).
La homologación es el acto por el cual la COFETEL reconoce oficialmente que las especificaciones de un producto destinado a telecomunicaciones satisfacen las normas y requisitos establecidos y por lo tanto, puede ser conectado a una red pública de telecomunicaciones o hacer uso del espectro radioeléctrico.
¿Cómo se obtiene la Homologación a partir de un Certificado?
En NYCE se obtiene el Certificado de Conformidad. En COFETEL se obtiene el Certificado de Homologación.
Por ejemplo, para obtener la Homologación Definitiva de un producto de telecomunicaciones que tenga que cumplir únicamente con la(s) NOM(s) que le apliquen, es necesario presentar ante la COFETEL, entre otros documentos, el Certificado de Conformidad expedido por NYCE.
Si tiene alguna duda o requiere asistencia personalizada, por favor contáctenos: Tel. 5395-0777 exts. 228, 261 ó 264 e-mails:
cvega@nyce.org.mx ,
lsotelo@nyce.org.mx,
davila@nyce.org.mx
OTRAS MODALIDADES DE CERTIFICACIÓN - TELECOMUNICACIONES
Además de la Modalidad “Certificación de producto con pruebas de tipo más seguimiento”, la más común, los Procedimientos de Evaluación de la Conformidad de telecomunicaciones
(PEC) contemplan otras modalidades de certificación, por medio de los cuales pueden evaluarse los productos sujetos al cumplimiento con Normas Oficiales Mexicanas:
NOTAS:
- Sólo si es la primera vez que usted solicita a NYCE un servicio en el área de Telecomunicaciones, es necesario que previo a lo anterior ingrese la documentación legal, a menos que hayan cambiado las personas o circunstancias que ahí se manifestaron.
- Nuestro horario de atención es de 9:00 a 18:00 h. Le sugerimos evitar las horas pico.
- Para evitar contratiempos, es muy importante que previo al ingreso verifique que cuenta con todos sus documentos, ya que no podemos recibir información incompleta.
- Toda la documentación que se ingrese debe estar en idioma español.
Modalidad “Certificación de productos con pruebas de tipo para familia de productos más seguimiento”
Muy importante:
Para saber si a sus productos les aplica esta modalidad de certificación, es necesario consultar los criterios para agrupamiento en familia aprobados por COFETEL. Para más detalles le rogamos dirigirse al personal del área.
Esta Modalidad de certificación se realiza en 2 etapas:
1ª Etapa: Definición de familia de productos
- Se presenta la información establecida en los Requisitos para certificación de productos con prueba de tipo para familia más seguimiento, en los puntos correspondientes a la 1ª etapa.
- Los productos propuestos para integrar una familia deben cumplir con los requisitos establecidos en los criterios para agrupamiento en familia que correspondan.
- Una vez reunidos los documentos anteriores usted puede realizar el ingreso de éstos, ya sea en las instalaciones de NYCE o bien, a través de nuestra ventanilla virtual (e-nyce), previo pago conforme a la lista de precios vigente.
- Después del análisis de la documentación anterior, el personal del área define cuáles de los modelos propuestos son candidatos para integrar una familia y de ser el caso, expide el documento “Definición de familia” que avala tal decisión, en donde se indican los productos que deberán probarse. NOTA: Si ninguno de los modelos propuestos pueden integrar una familia, NYCE emite el documento “Negación de definición de familia”.
- De ser el caso, el solicitante envía las muestras especificadas al laboratorio de pruebas de su elección.
El documento “Definición de familia” emitido por NYCE forma parte de los documentos que deben presentarse en la siguiente etapa.
2ª Etapa: Solicitud de la certificación de productos con pruebas de tipo para familia de productos más seguimiento
- Se presenta la información establecida en los Requisitos para certificación de productos con prueba de tipo para familia más seguimiento, en los puntos correspondientes a la 2ª etapa.
- Una vez reunidos los documentos anteriores usted puede realizar el ingreso de éstos, ya sea en las instalaciones de NYCE o bien, a través de nuestra ventanilla virtual (e-nyce), previo pago conforme a la lista de precios vigente.
Es importante considerar que:
- En una familia puede agruparse un número ilimitado de modelos. No obstante lo anterior, sólo pueden aparecer 8 (ocho) modelos en cada Certificado.
- Esta modalidad de certificación aplica sólo a productos nuevos.
- Los PEC establecen que el tiempo de respuesta del organismo de certificación para cada una de las etapas de esta modalidad, debe ser en un plazo no mayor a 12 días hábiles en caso de no haber aclaraciones con el laboratorio o de la documentación. Sin embargo y en apoyo a nuestros clientes, en NYCE emitimos el documento correspondiente a más tardar en 5 días hábiles posteriores a la recepción de la documentación en circunstancias similares.
- El Certificado emitido bajo la Modalidad anterior tiene una vigencia “Definitiva”; es decir, ésta última no se revoca mientras la empresa titular cumpla con la visita de seguimiento, cuya finalidad es verificar que el producto sigue cumpliendo con la norma bajo la cual se certificó. En esta visita, un representante designado de NYCE toma una muestra del producto y usted la envía a pruebas de laboratorio.
- En caso de que se encuentren aclaraciones (desviaciones) en la información, se elabora una notificación al usuario y/o al laboratorio. Es muy importante que ésta sea respondida en un plazo no mayor a 5 días hábiles a partir del día siguiente a la fecha en que fue emitida. De lo contrario, se tendrá que emitir una negación de la certificación.
Modalidad “Certificación de productos por lote”
En esta modalidad la certificación se hará por lote mediante un muestreo previo que se aplicará conforme a lo establecido en la Norma Mexicana NMX-Z-12, partes 1, 2 ó 3 según corresponda, o conforme al documento que para tal efecto publique la COFETEL.
Esta modalidad de certificación se realiza en 2 etapas:
1ª Etapa: Separación o recolección de la muestra
- De acuerdo con los Requisitos para certificación de productos por lote, en esta etapa sólo se presenta el Formato de Solicitud de servicios – Telecomunicaciones, debidamente requisitado y firmado por el representante del solicitante. Se deben llenar sólo las partes que correspondan al servicio de Separación o recolección de productos del lote a certificar. En este formato se indica –entre otros datos-, la marca, modelo y número de serie de los productos que integran el lote.
- Una vez que cuente con el formato, usted puede realizar el ingreso de éste en las instalaciones de NYCE previo pago conforme a la lista de precios vigente.
- Se establece una fecha para que el personal de NYCE realice el muestreo del lote correspondiente a los números de serie que proporcionó el solicitante.
- De ser el caso, los costos de transportación y estancia en el lugar de muestreo corren por cuenta del solicitante.
- Se realiza el muestreo y al momento de concluirlo, el personal de NYCE entrega al solicitante el “Informe de visita previa del área de certificación de producto de telecomunicaciones”, donde se indica los elementos del lote que se enviarán a pruebas de laboratorio.
- El solicitante envía las muestras al laboratorio de pruebas de su elección.
2ª Etapa: Solicitud del servicio de certificación de productos por lote
- Esta etapa inicia cuando el solicitante ya cuenta con los Informes de prueba derivados del muestreo (etapa anterior), los cuales se ingresan junto con los Requisitos para certificación de productos por lote.
- Cuando se hayan reunido los documentos anteriores usted puede realizar el ingreso de éstos en las instalaciones de NYCE, previo pago conforme a la lista de precios vigente.
- Una vez que se analicen todos los Informes de prueba, el personal del área determina si el lote se aprueba o se rechaza. Lo anterior depende del Índice de confianza que se haya determinado de acuerdo a la NMX-Z-12 o de acuerdo al documento que para tal efecto publique la COFETEL.
- El certificado que en su caso se expida, indicará la marca, modelo, números de serie u otros datos de identificación individual de los productos que integran el lote certificado.
Es importante tomar en cuenta que:
- El certificado por lote sólo ampara la cantidad de productos especificados en el lote; por lo que su vigencia será hasta que se comercialice, importe o exporte la totalidad de esos productos.
- El certificado bajo esta modalidad no está sujeto a visitas de seguimiento.
- En caso de que se encuentren aclaraciones (desviaciones) en la información, se elabora una notificación al usuario y/o al laboratorio. Es muy importante que ésta sea respondida en un plazo no mayor a 5 días hábiles a partir del día siguiente a la fecha en que fue emitida. De lo contrario, se tendrá que emitir una negación de la certificación.
- Los PEC establecen que el tiempo de respuesta del organismo de certificación para cada una de las etapas de esta modalidad, debe ser en un plazo no mayor a 12 días hábiles en caso de no haber aclaraciones con el laboratorio o de la documentación. Sin embargo y en apoyo a nuestros clientes, en NYCE emitimos el documento correspondiente a más tardar en 5 días hábiles posteriores a la recepción de la documentación en circunstancias similares.
Si usted está interesado en obtener la certificación bajo alguna de estas modalidades o desea asistencia personalizada, le rogamos contactar al área:
Tel. 5395-0777 exts. 228, 261 ó 264 e-mails: cvega@nyce.org.mx; lsotelo@nyce.org.mx; davila@nyce.org.mx
CARPETA INFORMATIVA
Aquí usted podrá consultar y descargar los documentos necesarios para realizar el trámite que requiera.
Ponemos a su disposición el servicio de ventanilla virtual en Internet (e-nyce) para el ingreso de documentos de diversos trámites, ofreciéndole así la mejor atención desde la comodidad del lugar donde se encuentre.
Si tiene alguna duda o requiere asistencia personalizada, por favor contáctenos:
Tel. 5395-0777 exts. 228, 261 ó 264 e-mails: cvega@nyce.org.mx; lsotelo@nyce.org.mx; davila@nyce.org.mx
OTROS SERVICIOS
NYCE le ofrece otros servicios complementarios en materia de certificación que sirven para ampliar, o corregir los documentos emitidos:
- Solicitud de ampliación de modelos en un certificado
- Requisitos para ampliación de modelos en un certificado
- Solicitud de modificaciones (correcciones y cambios) al certificado o documento final
COMUNICADOS
- Comunicados emitidos por NYCE
- Comunicados emitidos por COFETEL