• Introducción
  • Proceso de certificación
  • Carpeta informativa
  • Otros tipos de certificación
  • Otros servicios

Bienvenido a esta sección

La norma de Calzado de Protección que certificamos fue elaborada por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y, por lo tanto, está sujeta a los Procedimientos para la Evaluación de la Conformidad expedidos por la misma Secretaría.

Si usted es fabricante, importador o comercializador de Calzado, esta sección le será de gran utilidad, ya que contiene la información que necesita para obtener el Certificado de Conformidad con la NOM-113-STPS-1994, “Calzado de protección”.

Si ya ha certificado sus productos y desea ampliar o corregir su certificado, o bien, certificar otra denominación comercial de Calzado, le ofrecemos la consulta de nuestra Carpeta informativa, donde encontrará los formatos y documentos necesarios para realizar el trámite que requiera.

De la misma forma le proporcionamos para su consulta, la norma objeto de esta certificación: NOM-113-STPS-1994, “Calzado de Protección”, y su acuerdo del 17 de noviembre de 1999; así como su aclaración de la misma fecha.

Si tiene alguna duda o requiere de asistencia personalizada, por favor contáctenos:

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Conmutador: (01 55) 5395 0777 Ext.: 267
gayala@nyce.org.mx

Proceso de certificación

En esta sección se describen paso a paso las actividades que deben seguirse para obtener la certificación en la Modalidad I “Mediante la verificación con pruebas periódicas”, la más común.

Este procedimiento aplica a los importadores, fabricantes y comercializadores de calzado de protección.

El proceso para certificar calzado de protección es el siguiente:

I. Alta de la empresa
Si es la primera vez que solicita a NYCE el servicio de certificación o una Carta de liberación de productos para Aduana, es necesario que previo a lo anterior ingrese la documentación legal, de la cual NYCE proporciona los siguientes documentos para ser llenados y firmados por el Representante Legal de la empresa que solicita el servicio:

Con estos documentos, más los que se indican en el listado de documentación legal, NYCE procede a dar de alta a la empresa en su base de datos y de esta manera el solicitante puede realizar los trámites que requiera.

II. Visita de muestreo previo
Una vez dada de alta la empresa, el siguiente paso es el trámite de la visita de muestreo previo, que consiste en presentar una carta en hoja membretada de la empresa (Visita de muestreo previo) firmada por el Representante Legal o un tercero autorizado por éste, indicando el(los) producto(s) que se desee(n) muestrear. En esta carta se especifica el nombre del Producto: Marca, Modelo, Tipo, Corte, Forro, Suela, Sistema de Fabricación, Presentación, Producción Semestral, el país de origen, el domicilio donde se realizará la visita de muestreo y el laboratorio subcontratado por NYCE (Lista de Laboratorios), al que el interesado enviará las muestras identificadas. Se hace el pago de acuerdo a la Lista de Precios vigente acordando el día en el que se llevará a cabo la visita.

En esta visita se selecciona una muestra representativa, dependiendo de la producción semestral de calzado será la cantidad de muestras que deben seleccionarse y que usted enviará al laboratorio donde se realizarán las pruebas correspondientes para la NOM-113-STPS-1994.

NOTA: Si los productos que desea certificar no se encuentran en territorio nacional, es necesario solicitar a NYCE una Carta de liberación de productos para Aduana con el fin de que éstos puedan ser enviados al laboratorio. Una vez liberado el producto, éste se somete al proceso de muestreo previo indicado anteriormente.

III. Análisis de laboratorio
Se selecciona de la Lista de laboratorios de prueba, uno para enviar la(s) muestra(s) a prueba, identificadas por NYCE para tal efecto. Estas pruebas efectuadas son la base para otorgar el certificado, ya que así se verifica que su producto cumple con la NOM aplicable.

Una vez obtenido el Informe de pruebas de laboratorio —el cual no deberá tener más de 90 días naturales de emitido al presentar la solicitud de certificación— usted puede iniciar el proceso de certificación.

IV. Ingreso de la solicitud de certificación
En este paso se presenta la siguiente documentación técnica:

  • Formato de Solicitud General de Servicios debidamente requisitado y firmado por el Representante Legal o tramitador autorizado (original y dos copias).
  • Informe de Pruebas de Laboratorio (original).
  • Fichas Técnicas y Fotografías de cada uno de los modelos. Si se desea certificar una familia de productos, ésta debe estar definida de acuerdo al Criterio para Agrupamiento en Familia.
  • Etiqueta y/o documento que ampare el cumplimiento con la información comercial indicada en la NOM-020-SCFI. La información debe presentarse en español y acorde con los datos que en la solicitud se hayan declarado.
  • Se realiza el pago de acuerdo a la Lista de Precios vigente.

Si la documentación proporcionada está completa y correcta se procede a su ingreso y registro.

V. Análisis de la información y emisión del certificado
Una vez ingresada la información, se procede a su análisis y si el producto en cuestión cumple con las especificaciones que la norma establece, se emite el certificado correspondiente en un lapso no mayor a 5 días hábiles contados a partir del siguiente día del ingreso, siempre que no existan aclaraciones (desviaciones) con el laboratorio o de documentación.

En caso de que se detecte alguna desviación, ya sea en el informe de pruebas del laboratorio o en la información proporcionada por el cliente, se notifica para que en un período de 60 días naturales como máximo, se lleven a cabo las acciones correspondientes a fin de subsanar la desviación encontrada, concluyendo con la emisión del certificado. Si no se corrige la desviación, se emitirá una negación.

Una vez emitido el Certificado de Conformidad, los productos certificados están obligados a ostentar la Contraseña correspondiente, denotando así el cumplimiento con la NOM-113-STPS-1994.

El Certificado de Conformidad tiene vigencia de un año y está sujeto a una visita de seguimiento entre el sexto y noveno mes de emisión del documento con la finalidad de verificar que el producto siga cumpliendo con la norma con la cual se certificó. Un representante designado de NYCE toma una muestra del producto y usted la envía a pruebas de laboratorio. El informe de pruebas se ingresa a NYCE para evaluar el cumplimiento con la norma.

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A continuación le presentamos un diagrama del proceso de certificación de calzado de protección.

 

 

Carpeta informativa

Aquí usted podrá consultar y descargar los documentos necesarios para realizar el trámite que requiera.

Si es la primera vez que tenemos la oportunidad de servirle, le sugerimos consultar la sección “Proceso de certificación” que le guiará en el uso de los documentos.

Ponemos a su disposición el servicio de ventanilla virtual (e-nyce) en Internet para el ingreso de documentos de diversos trámites, ofreciéndole así la mejor atención desde la comodidad del lugar donde se encuentre.

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Otros tipos de certificación

Además de la certificación mediante verificación de pruebas periódicas al producto (Modalidad I), la más común, los Procedimientos para la Evaluación de la Conformidad de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social contemplan otros tipos de certificación, por medio de los cuales pueden evaluarse los productos sujetos al cumplimiento con Normas Oficiales Mexicanas:

Modalidad: Certificación con verificación mediante el sistema de calidad de la línea de producción
  • El fabricante debe contar con un certificado vigente del Sistema de Calidad de la línea de producción, mismo que deberá ser otorgado por un Organismo de Certificación de Sistemas acreditado conforme a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
  • El fabricante debe presentar, en original o copia certificada, el Informe de Certificación de Sistemas respecto al procedimiento de Verificación que cumpla con lo indicado en el Anexo 11 de las Políticas y Procedimientos para la Evaluación de la Conformidad de la Secretaría de Economía *.
  • Presentar los documentos que se solicitan para certificación.
  • La vigencia del certificado bajo esta modalidad es de 3 años, tiempo en el que deberá sujetarse a las visitas de seguimiento.
  • Al término de la vigencia del certificado, podrá solicitar un nuevo certificado tomando como base el informe de pruebas derivado de la visita de seguimiento.

* Si desea, puede acudir a las instalaciones de NYCE por un ejemplar gratuito.

Modalidad: Certificación por lote

En esta modalidad la certificación se hará por lote mediante un muestreo previo que se aplicará conforme a lo establecido en la norma mexicana NMX-Z-12, partes 1, 2 ó 3, según corresponda.

  • Muestreo previo:
    • El solicitante presenta una carta en hoja membretada de la empresa (Visita de muestreo previo) firmada por el representante legal o un tercero autorizado por éste, indicando el(los) producto(s) que se desee(n) muestrear. En esta carta se especifica el nombre del producto, la marca, el modelo, el tipo de producto (I o II), el país de origen, el domicilio donde se realizará la visita de muestreo y el laboratorio subcontratado por NYCE (Lista de Laboratorios), al que el interesado enviará las muestras identificadas.
      NOTA:
      Si los productos que desea certificar no se encuentran en territorio nacional, es necesario solicitar a NYCE una Carta de liberación de productos para Aduana con el fin de que éstos puedan ser enviados al laboratorio. Una vez liberado el producto, éste se somete al proceso de muestreo previo indicado anteriormente.
    • Se establece una fecha para la visita al lugar donde se encuentra el lote y se efectúa el muestreo previo: se selecciona una muestra representativa del lote. Esta muestra es enviada por el solicitante al laboratorio donde se realizarán las pruebas correspondientes para la NOM-113-STPS-1994.
    • Una vez realizado el muestreo, el solicitante envía las muestras al laboratorio de pruebas.
    • Los costos de transportación y estancia en el lugar de muestreo corren por cuenta del solicitante.
  • Cuando el solicitante recibe los Informes de prueba derivados del muestreo previo, éstos se ingresan junto con el Formato de Solicitud general de servicios y los documentos que se solicitan para certificación.
  • Una vez que se analizan todos los Informes de prueba, se determina si el lote se aprueba o se rechaza. Lo anterior depende del Índice de confianza que se haya determinado de acuerdo a la NMX-Z-12.
  • Los productos certificados bajo esta modalidad deberán cumplir con lo indicado en la NOM-113-STPS-1994, “Calzado de Protección”.
  • El certificado que en su caso se expida, indicará el nombre del producto, marca, modelo, país de origen y número o código de identificación del lote certificado.
  • El certificado por lote sólo ampara la cantidad de productos especificados en el lote; por lo que su vigencia será hasta que se comercialice, importe o exporte la totalidad de esos productos.
  • El certificado bajo esta modalidad no está sujeto a visitas de seguimiento.

Si usted está interesado en obtener su certificación bajo alguna de estas modalidades o desea asistencia personalizada, le rogamos contactar al área:

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