¿Qué es la Certificación de Competencia Laboral?
La certificación de competencia laboral es el procedimiento por el que un organismo de tercera parte reconoce, con fundamento en el artículo 45 de la Ley General de Educación, la competencia laboral de una persona que fue declarada competente como resultado de la evaluación realizada con base en una NTCL (Norma Técnica de Competencia Laboral).
La certificación es el resultado del procedimiento de evaluación, cuya calidad deberá garantizarse mediante los procedimientos de verificación interna, verificación externa y supervisión.
La certificación se hará conforme a los siguientes principios rectores:
- La certificación de competencia laboral tiene como referente único la NTCL.
- Los procedimientos que conducen a la certificación de competencia laboral se realizarán conforme a las guías técnicas y manuales emitidos por el Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales (CONOCER) y formalmente distribuidos a los Organismos de Certificación (OC) () para su aplicación.
- El OC decidirá la procedencia de la certificación en cada caso particular, con base en el portafolio de evidencias y el juicio del evaluador.
- El certificado de competencia laboral es el documento oficial, mediante el cual se reconoce formalmente la competencia laboral demostrada por una persona conforme a una NTCL.
- Los criterios rectores del certificado de competencia laboral son:
- El certificado de competencia laboral será expedido por el CONOCER, a solicitud del OC.
- El formato de certificado de competencia laboral será diseñado, elaborado, impreso y controlado por el CONOCER.
- El certificado de competencia laboral expedido por el CONOCER correspondiente a una NTCL tendrá validez nacional.
¿Qué es la Evaluación de Competencia Laboral?
La evaluación de la competencia laboral es el procedimiento mediante el cual se recogen y analizan las evidencias establecidas en una NTCL, con el propósito de determinar si la persona es competente o todavía no lo es.
Los criterios rectores de la evaluación de competencia laboral son:
- La evaluación, con fines de certificación de la competencia laboral, se llevará a cabo con base en el Instrumento de Evaluación de Competencia Laboral, desarrollado por los Centros de Evaluación (CE) o en su caso, emitidos por el CONOCER y formalmente distribuido a los OC para su aplicación en los CE.
- Para que el candidato tenga acceso al proceso de evaluación que conduce a la certificación no se establecerán requisitos académicos, de género o edad.
- La evaluación de la competencia laboral con fines de certificación se realizará de acuerdo a los procedimientos, guías técnicas y manuales elaborados por el CONOCER y formalmente distribuidos a los OC para su aplicación.
- La evaluación será realizada solamente por personal autorizado por el OC y registrado ante el CONOCER.
- El personal que realice la evaluación de la competencia laboral deberá obtener la certificación en esta función en la NTCL que sirve de referente para la evaluación y en la NTCL que evalúa, en el plazo que determine el CONOCER.
- La verificación interna es el procedimiento que deberán seguir los CE para asegurar la calidad de los procesos de evaluación de la competencia laboral realizados por cada evaluador y en cada una de las NTCL que tiene acreditadas.
- La verificación interna debe cumplir con los siguientes criterios rectores:
- Se realizará con base en los procedimientos, guías técnicas y manuales emitidos por el CONOCER y formalmente distribuidos a los OC para su aplicación.
- Será conducida por personal autorizado por el OC, registrado ante el CONOCER.
¿Qué es una NTCL?
La norma Técnica de Competencia Laboral (NTCL):
Es un documento oficial aplicable en toda la República Mexicana , que servirá como referente para evaluar y certificar la competencia laboral de las personas y que describe en términos de resultados, el estándar o patrón del desempeño eficiente de una función laboral, que haya sido desarrollado por los Comités de Normalización de Competencia Laboral, aprobado por el Comité Técnico del CONOCER y publicado en el Diario Oficial de la Federación.
Ésta describe lo que una persona debe ser capaz de hacer; la forma en que puede juzgarse si lo que hizo está bien hecho, así como las condiciones en que la persona debe mostrar su aptitud.
Se distinguen 5 niveles de competencia, que tiene como base de caracterización el distinto grado de autonomía en la ejecución de los trabajos y los diferentes grados de responsabilidad que pueden identificarse en el desempeño de una actividad.
¿Qué es un Centro de Evaluación?
Se entiende como EE a la persona fisica acreditada por un OC y autorizada por el CONOCER para evaluar, con fines de certificación, la competencia laboral con base en una determinada NTCL. Tratándose de las instituciones u organismos públicos o privados, se podrán acreditar como EE más de uno de sus planteles, locales o instalaciones físicas, en cuyo caso el OC convendrá con la persona que ostente la representación legal.
Son funciones y obligaciones del EE:
- Realizar la evaluación de la competencia laboral.
- Verificar internamente los procedimientos de evaluación.
- Tramitar, ante el OC que corresponda, la certificación de la competencia laboral correspondiente a las personas evaluadas que hayan sido declaradas competentes.
- Colaborar con el OC en las tareas de verificación externa.
- Colaborar con el CONOCER en las tareas de supervisión y atender oportuna y eficazmente las medidas preventivas y correctivas que resulten procedentes.
- Proporcionar al OC la información requerida para la expedición de cada certificado, así como para la alimentación del Sistema Integral de Información o cualquier otra que requiera el CONOCER.
- Atender las reclamaciones que presenten los usuarios de los servicios proporcionados, mantener los registros de las mismas, así como de las resoluciones adoptadas.
- Dar cumplimiento a las observaciones realizadas en el proceso de verificación externa.
- Dar trato digno y respetuoso a los usuarios del SCCL, y
- Prestar retroalimentación documental a los usuarios del SCCL, respecto al resultado de su evaluación al ser declarado aún no competente, como consecuencia de haber contratado los servicios de evaluación de competencia laboral.
La acreditación por primera vez de una EE es el procedimiento mediante el cual un OC reconoce la capacidad de una persona fisica o moral para evaluar, con fines de certificación, la competencia laboral con base en una NTCL. Dicha acreditación quedará formalizada mediante un contrato entre la EE y el OC, el cual deberá registrarse ante el CONOCER.
La ampliación de la acreditación de CE es la autorización que se otorga a un CE ya acreditado, con el propósito de que opere con una o más NTCL adicionales a las que ya tiene acreditadas. Dicha ampliación deberá quedar formalizada, mediante el Anexo Técnico correspondiente, y agregarse al contrato respectivo, debiéndose registrar ante el CONOCER.
El CE deberá renovar anualmente cada una de las NTCL que tenga acreditadas, lo cual constituye un refrendo de la acreditación otorgada. Dicha renovación estará sujeta a que el CE cumpla con los requisitos establecidos. Asimismo el CE podrá solicitar reducción de su acreditación de NTCL que no utilice con previo aviso de 60 días naturales antes del vencimiento. La renovación se formalizará con la actualización del Anexo Técnico.
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¿Qué beneficios obtiene una Entidad de Evaluación al acreditarse?
- Reducir costos de selección, capacitación y promoción de sus trabajadores.
- Contar con personal altamente calificado (competente).
- Adquirir el prestigio que representa contar con personal competente y certificado.
Requisitos que debe cumplir el Candidato a Entidad de Evaluación
La Entidad de Evaluación debe demostrar que, en la prestación de los servicios de evaluación contarán con:
Capacidad técnica:
- Experiencia en la calificación o unidad en que va a desarrollar sus funciones.
- Es competente para recoger evidencias del desempeño de los candidatos, a través de la observación y verificación del desempeño laboral en el sitio y condiciones reales de trabajo o en situaciones de simulación, así como identificar evidencias de tipo complementario.
- Está capacitado para utilizar y en su caso diseñar métodos de evaluación pertinentes para la observación del desempeño en el sitio y condiciones reales de trabajo o en situaciones de simulación, de conformidad con las NTCL establecidas para la obtención de evidencias complementarias requeridas.
- Pueden proporcionar información y orientación a los candidatos sobre su desempeño y avance.
Medios para reunir evidencias:
Poseen o tiene acceso a los medios y condiciones que establecen las NTCL, para la evaluación del desempeño laboral en sitios y condiciones reales de trabajo o bien en situaciones de simulación que exigen las NTCL para recoger evidencias.
Recursos para realizar registros e informes:
Recursos técnicos y administrativos para registrar los resultados del proceso de evaluación y verificación interna, así como para la presentación de sus reportes e informes, manteniendo constancia documentada de sus actividades.
Capacidad administrativa:
- Contar con capacidad en caso de requerirse, de emitir comprobantes por el cobro, que cumplan con los requisitos fiscales de los servicios que preste por concepto de evaluación y certificación de competencia laboral.
- Contar con la capacidad para administrar la evaluación y la información derivada de ella.
- Contar con un procedimiento para llevar a cabo revisiones en caso de apelación de los candidatos a certificar.
Documentos que debe presentar en original y enrtregar una copia
- Solicitud de acreditación inicial como entidad de evaluación, por unidad o NTCL.
- Comprobante bancario.
- Copia del acta constitutiva, decreto de creación o cualquier otro documento, según corresponda (personas morales).
- Carta o acta notarial donde se señale al representante legal de la institución para realizar actos de administración o estar en proceso de obtenerla, (personas morales)
- Copia de la cédula de identificación fiscal y del formato R1.
- Comprobante de domicilio reciente.
- Copia de la identificación oficial del apoderado legal.
- Organigrama.
- Descripción de las funciones básicas, sólo las correspondientes al funcionamiento como CE.
- Manuales de procedimientos genéricos.
- Lista de infraestructura administrativa para realizar las funciones como CE.
- Lista de materiales, equipo e instrumentos de conformidad con las NTCL en que solicita acreditación.
- Listado de personal que estará involucrado en el funcionamiento del CE.
- Curricula del personal que realizará las funciones de evaluación y verificación interna, con la documentación que lo avale, además, copia de la CURP y de la credencial del IFE.
- Código de ética.
- Carta compromiso o de intención del personal del CE que realizará las funciones de evaluación y verificación interna, de certificarse en las funciones que desarrollará, en un plazo máximo de tres meses, o bien, el copia certificado de competencia laboral si ya lo tiene.
- Formato de registro de firmas.
Ampliación de cobertura.
Esta solicitud puede ser iniciada una vez que han transcurrido cinco días de su acreditación inicial.
La documentación que debe presentar es la siguiente:
- Solicitud de ampliación de acreditación por unidad o NTCL.
- Comprobante bancario.
- Lista de materiales, equipo e instrumentos de conformidad con las NTCL en que solicita ampliación.
- Listado de personal que estará involucrado en el funcionamiento del CE.
- Currículum vítae del personal que realizará las funciones de evaluación y verificación interna, con la documentación que lo avale, además, copia de la CURP y de la credencial del IFE.
- Carta compromiso o de intención del personal del CE que realizará las funciones de evaluación y verificación interna, de certificarse en las funciones que desarrollará, en un plazo máximo de tres meses.
- Formato de registro de firmas.
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NYCE está acreditado por el Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales (CONOCER), como Organismo Certificador de Competencia Laboral (OCCL) en las NTCL:
- CADM0645.01 Captación de información demográfica, económica y social.
- CCON0147.03 Consultoría General.
- CCON0507.01 Coordinación del proceso de elaboración de un plan estratégico.
- CINF0276.01 Elaboración de documentos mediante herramientas de cómputo.
- CSEG0064.02 Servicios contra incendios.
- CSEG0093.01 Soporte Básico de vida y primeros auxilios.
- CSEG0443.01 Verificación de las condiciones de seguridad e higiene del centro de trabajo.
- CTEL0449.01 Operación y mantenimiento de sistemas de conmutación por paquetes en redes de área amplia (WAN).
- CTEL0450.01 Operación y mantenimiento de sistemas de conmutación por paquetes en redes de área local (LAN).
- CTOF0200.01 Atención a clientes mediante información documental.
- NUCNC004.01 Evaluación de la competencia laboral de candidatos, referida en Normas Técnicas de Competencia Laboral de una función determinada.
- NUGCH001.01 Impartición de cursos de capacitación presenciales.
- NUGCH002.01 Diseño de cursos de capacitación presenciales, sus instrumentos de evaluación y material didáctico.
- NUGCH004.01 Uso didáctico de las tecnologías de información y comunicación en procesos de aprendizaje: nivel básico.
- NUSIM002.01 Asesoría en materia de crédito de vivienda.
- NUTUR006.01 Preparación de habitaciones para alojamiento temporal.
- NUTUR009.01 Prestación del servicio de recepción y atención al huésped para su alojamiento temporal.
- UCNC0028.03 Verificar internamente el proceso de evaluación de competencia laboral conforme a lo establecido por el Sistema de Certificación de Competencia Laboral.
- CSEG0190.01 Primera respuesta a emergencias que involucran materiales peligrosos.
- CRCH0386.01 Administración de la Capacitación.
Esto nos faculta para acreditar a Centros de Evaluación (CE) y otorgar por medio de la Verificación Externa y el Grupo de Dictamen, la validez de los trabajos realizados por los Centros de Evaluación con fines a la Certificación de Competencia Laboral.
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